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Consejo de Planeación Municipal (COPLAMUN)

¿Qué es?

El COPLAMUN es un órgano de participación social y consulta, auxiliar del Ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, el cual cuenta con la intervención de los sectores público, social y privado.

¿Para qué se crea?

Se crea para la consecución y vigilancia del Plan de Desarrollo Municipal.

¿Quién lo conforma?

Se conforma por:

  • El Presidente Municipal.
  • Un Secretario Técnico, que será designado por el Ayuntamiento de entre sus miembros a propuesta del Presidente Municipal
  • Los Consejeros que acuerde el Ayuntamiento, considerando las distintas áreas o materias de una planeación integral.
  • La Representación de los centros de población a que se refiere el artículo 9 de esta Ley.
  • Un representante de cada Consejo de Participación Ciudadana.

 

¿Cuando debe instituirse?

Debe constituirse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la fecha de instalación.

 

Instalación del COPLAMUN

Dictámen de creación (5.06 MB)


Lista de integrantes del COPLAMUN (69.03 kB)


Instalación del COPLAMUN (445.13 kB)


Para otras disposiciones contempladas por el Instituto Municipal de Planeación para el COPLAMUN, consultar el siguiente documento.