Aviso Importante:
Se informa que el contenido de este apartado de Transparencia se encuentra en proceso de armonización conforme a lo requerido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, así como lo requerido en los Lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia; por lo que en algunas fracciones se muestra la información hasta el cierre del ejercicio 2016, misma que también se encuentra en constante actualización para el cumplimiento de dicha armonización.
Así mismo y con fundamento en el Acuerdo por el cual se aprueba la modificación del plazo para que los sujetos obligados de los ámbitos Federal, Estatal y Municipal incorporen a sus portales de Internet y a la Plataforma Nacional de Transparencia, la información a la que se refieren el Título Quinto y la Fracción IV del Artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la aprobación de la definición de la fecha a partir de la cual podrá presentarse la denuncia por la falta de publicación de las obligaciones de transparencia, a la que se refiere el Capítulo VII y Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la información de las Obligaciones de Transparencia del ejercicio 2017 se encuentra en proceso de armonización y se tiene como nuevo plazo el 4 de mayo 2017 para la consulta al público en general.
Última revisión: 08-marzo-2017
Conforme al Artículo 61 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla que a la letra dice: "Los Sujetos Obligados designarán, a través de sus respectivos titulares, dentro de su estructura administrativa y mediante acuerdo, a la Unidad que coordine las acciones para el cumplimiento de esta Ley. Las Unidades de Acceso se integrarán por un Titular, un Secretario y un Vocal, quienes preferentemente deberán tener un nivel superior al de jefe de departamento o similar"; se publican los Acuerdos emitidos por los titulares de las Dependencias y Entidades que conforman la Administración Pública Municipal para integrar las Unidades de Acceso a la Información.
Acuerdo de Cabildo por el que se crea la Coordinación General de Transparencia (83.97 kB)
De acuerdo con el artículo 11 de la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los Sujetos Obligados deberán publicar y difundir en sus sitios web o en los medios disponibles, la información siguiente:
Además de lo señalado en el artículo 11, de acuerdo al artículo 17 los Ayuntamientos deben publicar en sus sitios web la información siguiente:
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